La asociación Enkarterri Bizirik presenta alegaciones contra el proyecto del parque eólico ‘El Roble’

La asociación Enkarterri Bizirik presenta alegaciones contra el proyecto del parque eólico ‘El Roble’


El proyecto del parque eólico El Roble, que ocupará 708 hectáreas en los municipios de Sopuerta, Zalla, Galdames y Güeñes, avanza en su tramitación tras obtener la autorización administrativa previa y la declaración de impacto ambiental. La instalación, promovida por la empresa Rapid Reaction Systems, S.L.U., contempla la instalación de siete aerogeneradores de 3,9 MW cada uno, pero ha generado inquietud entre vecinos y autoridades locales debido a su posible impacto ambiental, la falta de consenso y el cumplimiento de la normativa urbanística. Ante esta situación, se ha puesto en marcha una campaña de recogida de firmas para solicitar la retirada del proyecto.

En octubre de 2023, la Delegación de Industria de Bizkaia presentó el proyecto definitivo del Parque Eólico Artzentales-Sopuerta, impulsado por la empresa Euskal Haizie. Actualmente, el proyecto continúa en fase administrativa, a la espera de la resolución del órgano ambiental de la Consejería de Industria del Gobierno Vasco.

Paralelamente, el pasado 13 de marzo se conoció que la Consejería de Industria ha otorgado la autorización administrativa previa y la declaración de impacto ambiental al parque eólico «El Roble».

DATOS DEL PROYECTO

El parque eólico «El Roble» abarcará una superficie de 708 hectáreas y se ubicará en los municipios de Sopuerta, Zalla, Galdames y Güeñes (Bizkaia). Contará con siete aerogeneradores de 3,9 MW de potencia cada uno.

  • Empresa promotora: Rapid Reaction Systems, S.L.U.
  • Presupuesto total: 31.338.820,61 euros.

Este proyecto ha suscitado interrogantes sobre la capacidad de una sociedad limitada para gestionar una inversión de tal magnitud, lo que lleva a preguntarse quiénes están realmente detrás de la iniciativa.

Mapa 1



Impacto y controversia del parque eólico «El Roble»
Los aerogeneradores 7 en total aparecen marcados con puntos rojos gruesos: 4 alineados en la frontera Galdames -Güeñes. 2 más en la cimas del Cipar y Larrea en terreno de Galdames y 1 más en el monte La Cabaña de Sopuerta. La línea de evacuación atravesaría de lleno el municipio de Gúeñes hasta la subestación de La Jara.

Están marcados en en rojo los núcleos de población correspondientes a Sopuerta, San Pedro Galdames,Zalla y Güeñes. Los puntos rojos significan viviendas y núcleos habitados dispersos. A Sopuerta le afectan un aerogenerador y aproximadamente 120 ha. del monte La Cabaña y dada la proximidad a las zonas habitadas más próximas como Avellaneda y el Carral precisan de un análisis de impactos a las viviendas y parcelas ubicadas en el entorno de 2 Km. del mismo. La línea roja corresponde al perimetral de la instalación eólica y delimitada con banderitas rojas la zona de afección de 2km a la redonda. 10 veces la altura de los aerogeneradores: en este caso 195m por 10 igual a 1950m.

Es importante reseñar que en el Documento Inicial Estratégico de octubre de 2021 del Plan Territorial Sectorial de Energías Renovables se considera como contenidos mínimos de estudios de impacto ambiental los estudios sobre el impacto de ruidos y destellos a 2km de las instalaciones.

 En cuanto a la protección de la avifauna esta instalación entra en los 10km de afección para la protección del alimoche. El mismo estudio de impacto ambiental de la empresa lo reconoce, pero minimiza el problema. Por tanto, sería necesario que la Diputación Foral de Bizcaya se pronunciase sobre este nuevo proyecto. Y si ya lo hizo con contundencia primero contra el de Alen Mello en Artzentales Sopuerta  y después contra los proyectos Haya 1 y Haya 2 de Balmaseda debería pronunciarse también en este caso.

Mapa 2


En el mapa 2 aparecen en color caqui (verde oscuro) las zonas de suelo no urbanizable según normativas urbanísticas municipales y son áreas de especial protección. Fuente: visor Geoeuskadi del Gobierno Vasco

Las zonas de verde claro son zonas forestales y ahí no se puede poner aerogeneradores según el Plan Sectorial Agroforestal vigente.


Mapa 3



En este mapa podemos apreciar como Enkarterri está considerada por el Gobierno Vasco como un territorio a sacrificar. En un círculo con radio de 10 km, 6 proyectos eólicos: Sopuerta Artzentales, Iparaixe en los montes de Triano, El Roble sobre Sopuerta, Galdames, Zalla y Güeñes. El Haya en Balmaseda, Las Llanas en Gordexola y Las Americas en Okondo.

No está definida en ningún plan la densidad de aerogeneradores por Km cuadrado pero la pregunta obligada es: ¿Con qué criterios, con qué consultas y con el consenso de quien se han tomado decisiones sobre nuestro territorio?

En ningún momento han planteado ni a estudio ni a debate, las implicaciones territoriales, ambientales, sociales y económicos, así como de los incumplimientos normativos urbanísticos y territoriales que provocar los proyectos que se están tramitando y que cuentan con la autorización del Departamento de Industria del Gobierno Vasco.

En nuestra opinión una práctica política de este tipo y más tratándose de un tema tan serio como es la necesaria transición energética no puede llevarse a cabo sin consulta y consenso de los territorios afectados y por tanto se debería responder con el no rotundo de los ayuntamientos a las correspondientes licencias.

INCUMPLIMIENTO NORMATIVO Y FALTA DE CONSULTA: RECOGIDA DE FIRMAS CONTRA EL PROYECTO EL ROBLE

Primera consideración: El proyecto en cuestión no se ajusta a la normativa urbanística y territorial del Ayuntamiento de Sopuerta.

El Departamento de Industria ha publicado el inicio de la autorización previa y el estudio de impacto ambiental sin contar con el certificado urbanístico municipal obligatorio. Además, ignora que la actividad de generación eléctrica requiere la correspondiente licencia de actividad clasificada, tal como establece la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi. Estos aspectos debieron haber sido consultados con el Ayuntamiento antes de seguir adelante con el procedimiento.

Por otro lado, la aprobación provisional del Plan Territorial Sectorial (PTS) de Energías Renovables, realizada en diciembre de 2024 por el Departamento de Industria, carece de la declaración ambiental estratégica, del informe preceptivo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo, así como de la aprobación definitiva del Gobierno Vasco. Se trata de un documento en trámite administrativo que, hasta su aprobación final, no tiene validez jurídica.

Segunda consideración: Resulta inaceptable que el Ayuntamiento de Sopuerta y los vecinos afectados se enteren de la instalación de este parque eólico únicamente a través del Boletín Oficial del País Vasco (BOPV), sin que haya habido consultas previas ni propuestas formales para su instalación. Además, el proyecto afecta a varios municipios colindantes y, sin embargo, solo se ha otorgado un plazo de 30 días, a partir del 14 de marzo, para su análisis y la presentación de alegaciones.

Analizar el proyecto bajo estas condiciones resulta absurdo si, desde el inicio, no se ha garantizado su cumplimiento con la normativa urbanística municipal, lo que impediría la concesión de la Licencia Municipal de Obras.

Conclusión: La falta de una planificación sectorial de energías renovables y su integración con los instrumentos de ordenación territorial del Área Funcional de Enkarterri provocan la nulidad administrativa del procedimiento de aprobación del proyecto y de su estudio de impacto ambiental.


POR TODO ELLO, Y BASÁNDONOS EN ESTOS ARGUMENTOS, INICIAMOS UNA CAMPAÑA DE RECOGIDA DE FIRMAS PARA EXIGIR LA RETIRADA DEL PROYECTO “EL ROBLE”.

Quienes deseen sumarse a esta iniciativa pueden hacerlo firmando en los puntos concretos en el pueblo o contactando con la asociación a través del correo electrónico:
📩 enkarterribizirikelkartea@gmail.com

El parque eólico Artzentales-Sopuerta, a la espera de la resolución ambiental en un proceso marcado por incertidumbres legales

El parque eólico Artzentales-Sopuerta, a la espera de la resolución ambiental en un proceso marcado por incertidumbres legales

  1. Cuál l es la situación actual del Proyecto Artzentales-Sopuerta

    En octubre de 2023, la Delegación de Industria de Bizkaia presentó el proyecto definitivo del Parque Eólico Artzentales-Sopuerta, promovido por la empresa Euskal Haizie. Este incluye el Estudio de Impacto Ambiental y el trazado definitivo de la Línea de Evacuación.
    Actualmente, el proyecto sigue su proceso administrativo, a la espera de que el órgano
    ambiental de la Consejería de Industria del Gobierno Vasco se pronuncie. Desde octubre
    de 2023, no ha habido movimientos públicos ni por parte del Gobierno ni de la empresa
    promotora. No obstante, el proceso administrativo sigue su curso.
    Es importante destacar que la tramitación del parque eólico Artzentales-Sopuerta es
    independiente de la aprobación del Plan Territorial Sectorial, por lo que avanza sin
    depender de este.
    En caso de obtener una declaración de impacto ambiental favorable, sería imprescindible
    elaborar un Plan Especial para permitir la construcción del parque, ya que, sin este, la
    normativa urbanística no lo autoriza.

2. ¿Qué ha dicho la Diputación Foral de Bizkaia?

El informe preceptivo de la Diputación de Bizkaia, fechado el 15 de diciembre de 2023,
señala que el emplazamiento del proyecto del parque eólico no está recogido en el PTS
vigente (el de 2002) como el más adecuado para su implantación en el territorio.
Por ello, indica que, en caso de llevarse adelante el proyecto, sería necesario un
planeamiento de desarrollo específico. Asimismo, establece que su autorización requiere
la redacción y aprobación de un Plan Especial que lo haga viable.
Además, la Diputación Foral de Bizkaia considera inviable la construcción del parque
eólico Artzentales-Sopuerta, ya que los aerogeneradores previstos se ubican a menos de
10 km de áreas críticas para el alimoche, lo que supondría una grave afección para la
especie. También advierte que los valores ambientales que se verían afectados por la
construcción del parque y su línea de evacuación dificultan la compatibilidad del proyecto
con el mantenimiento de la calidad ambiental y paisajística de la zona.

Del informe preceptivo de la DFB AO 372-2023.
Además, la ley que protege a las aves necrófagas tiene rango europeo.
Plan Conjunto de Gestión de las Aves Necrófagas de Interés Comunitario de la
Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado mediante decreto foral en 2015.
Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre
de 2009, relativa a la conservación de aves silvestres, que deroga la Directiva
79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979. Esta establece que los Estados
miembros deben adoptar las medidas necesarias para el mantenimiento de las
poblaciones de aves, así como para preservar, mantener o restablecer una
diversidad y una superficie suficiente de hábitats para estas especies.

3.- Situación del PTS (Plan Territorial Sectorial de Energías Renovables)

El dato más reciente a tener en cuenta es la Orden de aprobación del PTS provisional
publicada el 20 de noviembre firmada por el consejero de industria, transición energética
y sostenibilidad (sic)
El 27 de abril de 2023 se aprobó inicialmente el PTS de EERR de Euskadi acompañado del
estudio de impacto ambiental estratégico. Se abrió un periodo de 45 días de información
pública, consultas y alegaciones. Como resultado recibieron 4.387 escritos de alegaciones,
observaciones y sugerencias.
Dicen que todas han sido analizadas y contestadas y las que se han incorporado se
publican a modo de anexo a la citada orden.

A partir de este momento el PTS tiene que superar dos trámites:

  1. La Comisión de Ordenación del Territorio, organismo de Ordenación Territorial
    tiene que dar su aprobación provisional en un plazo de tres meses.
  2. El órgano ambiental (dependiente de la misma consejería de Industria) tiene que
    dar en 2 meses la declaración ambiental estratégica. En el caso de que esta fuera
    negativa el mismo órgano haría las correcciones necesarias.
    Una vez cumplidos estos dos requisitos el Gobierno Vasco aprobaría definitivamente el
    PTS de Energías Renovables de Euskadi.

4.- ¿Qué se puede hacer respecto al Plan Territorial Sectorial?
El PTS, Plan Territorial Sectorial, en su actual situación NO SE PUEDE RECURRIR. Sólo
cuando esté aprobado definitivamente cabe realizar el Recurso Administrativo o recurso
de alzada.
En estos momentos EH Bizirik, organismo que agrupa a las asociaciones y organismos que
se oponen a los diferentes proyectos eólicos y fotovoltaicos en Araba, Gipuzkoa y Bizkaia,
está en proceso de recoger las alegaciones particulares para remitirlas al Gabinete Jurídico
que se encargará de realizar el mencionado recurso.
Existen lagunas y contradicciones legales en las que apoyarse.
Por ejemplo:

  • El Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad plantea la
    prevalencia del PTS sobre otras normas de Ordenación del Territorio 
  • Sin embargo, esta prevalencia deberá ser establecida en una norma en la ley de
    Ordenación del Territorio del País Vasco donde se regule su superioridad ya que en
    estos momentos prevalecen las DOT (Directrices Ordenación del Territorio), sobre
    los PTP y estos sobre los PTS (planes sectoriales)
  • Habrá que esperar lo que diga la Comisión de Ordenación del Territorio del País
    Vasco. Esta Comisión es garante del cumplimiento de las normas y de interpretar
    la normativa de ordenación del territorio.
  • Esta comisión deberá decir si el PTS de EERR debe prevalecer sobre los planes
    parciales territoriales (PTP)
  • Si al fin se plantea la prevalencia del PTS sobre las demás normas de ordenación
    del territorio habría que plantear un recurso de reposición.  Y si no la acepta
    tendríamos que ir al contencioso Administrativo.
  • Existe otra vía de reclamación posible: las leyes de protección de las aves
    necrófagas (caso Oñati). Las normas de protección ambiental son competencia del
    Estado.
    5.- El caso reciente de la aprobación del Plan Especial de Labraza (Alava)
    · La villa de Labraza se integró en el municipio de Oion en 1981, por cuestiones de
    conveniencia administrativa.
    . La instalación eólica necesitaba un Plan Especial que la Diputación Foral de Alava
    había elaborado a instancias de su promotor Aixeindar (pantalla de Iberdrola).
    · Este proyecto junto con el de Azazeta están judicializados y el alcalde de Oion
    había formado parte del movimiento de oposición y participado en las reuniones de
    Araba Bizirik y se puede decir que fué elegido por ese motivo.

· La luz verde al Plan Especial se dio en el pleno de Oion del 12 de febrero. La
argumentación del voto a favor de Bildu y su alcalde se basaron en la amenaza de
incurrir en delito de prevaricación. Cuestión que es difícil de fundamentar y que en
todo caso deberían ser los tribunales los que tendrían que pronunciarse sobre si el
voto negativo al Plan Especial era prevaricación.
Existe jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en relación con un
Plan Especial similar en Vegadeo: Fecha: 29/11/2023 No de Recurso: 813/2022 No de
Resolución: 1182/2023
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) respaldó la decisión del
Ayuntamiento de Vegadeo, considerando que:

  1. La denegación del Plan Especial fue un uso razonable y no arbitrario de la potestad
    de planeamiento municipal.
    No hubo indicios de arbitrariedad en la actuación administrativa, sino una decisión
    motivada y fundamentada en informes técnicos.
  2. Se reconoció la competencia municipal para decidir sobre la implantación de
    parques eólicos en su territorio.

CONCLUSIONES

1️Estado del proyecto: El parque eólico Artzentales-Sopuerta sigue en proceso
administrativo, a la espera de que el órgano ambiental de la Consejería de Industria emita
su declaración de impacto ambiental, que podrá ser favorable, desfavorable o
condicionada.
2️nformes institucionales negativos: Existen informes desfavorables de organismos
institucionales sobre este y proyectos similares, como los emitidos por la Diputación Foral
de Bizkaia y el órgano ambiental del Gobierno de España respecto a los proyectos Maya y
Aramaio, ambos rechazados por razones ambientales y de conservación.
3️Situación del PTS de Energías Renovables: Ha sido aprobado provisionalmente, pero
aún debe recibir el visto bueno de la Comisión de Ordenación del Territorio y del órgano
ambiental, dependiente de la misma Consejería de Industria. El plazo para esta resolución
es de tres meses. Cabe destacar que el PTS no puede recurrirse hasta que sea definitivo.
4️Cuestiones legales en juego: Tanto la aprobación del PTS como la de los diferentes
proyectos plantea interrogantes legales sobre las leyes de ordenación del territorio y la

calificación del suelo. Actualmente, estas cuestiones están siendo estudiadas para posibles
recursos. La situación es compleja, ya que entran en juego normativas como las DOTs, el
PTS Agroforestal, el PTS Eólico, los Planes Territoriales y los planes generales de
ordenación urbanística municipal, evidenciando una notable descoordinación entre ellas.
5️Vía de acción municipal: Los ayuntamientos aún pueden intervenir mediante los
permisos de obras y de actividad. En cada caso, debe analizarse qué normativa se
incumple. En Sopuerta, por ejemplo, el incumplimiento de la Directiva 2009/147/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la conservación de aves necrófagas, podría
ser un argumento clave.
6️El papel clave de los ayuntamientos en los Planes Especiales: Si la construcción de un
parque requiere un Plan Especial, la aprobación final recae en los ayuntamientos. Además,
estos siempre tienen la opción de interponer un recurso contencioso-administrativo
contra una resolución favorable al proyecto o contra la aprobación de un Plan Especial por
parte de la Administración Foral.

Balmaseda, un parque eólico menos, pero dos nuevos en el horizonte

Balmaseda, un parque eólico menos, pero dos nuevos en el horizonte

Balmaseda se encuentra en medio de un panorama cambiante respecto a la energía eólica. Aunque la solicitud de dos parques eólicos por parte de la empresa danesa Blue Viking Barbara ha sido desestimada, dos nuevos proyectos, Haya 1 y Haya 2, promovidos por la empresa alemana Baywa, han surgido en su lugar.
El Ayuntamiento de EAJ-PNV ha recibido con agrado la desestimación del proyecto original, considerándolo una victoria ambiental. Sin embargo, la falta de información oficial sobre las razones de este cambio y la rapidez con la que se han presentado los nuevos proyectos generan inquietud entre la población.

Las preocupaciones sobre los nuevos parques eólicos persisten y se suman a otras tres nuevas:

  1. Altura: Los aerogeneradores tendrán una altura total de 200 metros, una cifra considerable que afectará el paisaje.
  2. Potencia: Aunque la potencia inicial de los nuevos parques es inferior a la propuesta para otros parques, se contempla la posibilidad de aumentarla en el futuro, lo que genera incertidumbre sobre el impacto final.
  3. Evacuación: El impacto de la línea de evacuación para la energía eólica en este caso es mínimo. Solo hay dos apoyos que terminan antes del polígono El Páramo, lo que sugiere que la energía generada se podrá consumir localmente en el municipio.

    La falta de consenso sobre la necesidad de estas instalaciones eólicas es otro punto importante. Ciudadanía e instituciones no han sido parte activa en el proceso de decisión, lo que genera desconfianza y malestar.

    En resumen, la situación en Balmaseda respecto a la energía eólica está lejos de resolverse. Si bien la desestimación de un proyecto original se percibe como una victoria, los nuevos proyectos traen consigo nuevas preocupaciones e incertidumbres. La transparencia, el diálogo y la participación ciudadana son esenciales para encontrar soluciones que satisfagan las necesidades energéticas y ambientales del municipio.
Día Internacional de los Bosques: Enkarterri Bizirik denuncia el impacto de los macroproyectos eólicos

Día Internacional de los Bosques: Enkarterri Bizirik denuncia el impacto de los macroproyectos eólicos

En el marco del Día Internacional de los Bosques, Enkarterri Bizirik Elkartea reafirma su compromiso en la defensa de sus recursos naturales frente al proyecto de construcción de varios macro parques eólicos en la comarca. El lema «¡Salvemos Enkarterri!», expresa muy bien nuestra profunda preocupación por las posibles repercusiones ambientales y culturales que podría acarrear la instalación de estos macro parque.

El proyecto, que busca aprovechar los recursos eólicos para la generación de energía renovable, cuenta con la oposición por parte de los ayuntamientos de la zona. Entre las razones esgrimidas se destacan el incumplimiento de la normativa ambiental vigente, la afectación al planeamiento urbanístico de la zona y el impacto negativo sobre el valioso patrimonio natural y cultural de Enkarterri.

En particular, la cordal del monte Alén-Mello, un espacio de gran valor ecológico que alberga bosques, pastos, arroyos y manantiales, se vería directamente afectada por la construcción del parque eólico. La destrucción de este entorno natural no solo tendría consecuencias ambientales, sino que también comprometería el legado cultural e histórico de la región.

Además, queremos señalar el ruido y el impacto visual de los aerogeneradores, así como sobre la infraestructura asociada, como la línea eléctrica de evacuación, que atravesaría extensas áreas de Enkarterri, afectando a propiedades rurales y paisajes de gran valor económico y turístico.

En este Día Internacional de los Bosques, la Asociación Enkarterri Bizirik reafirma su compromiso con la preservación de sus recursos naturales y hace un llamado a las autoridades competentes para que paralicen los proyectos de parques eólicos previstos en aras de garantizar la sostenibilidad y el bienestar de las generaciones presentes y futuras.

Con la lucha por la protección de Enkarterri, el destino de este proyecto de energía renovable se encuentra en un punto crítico, donde la voz de la comunidad y la defensa de sus bosques y paisajes naturales deberían ser escuchadas y marcar así precedente en la gestión responsable de los recursos energéticos.

El desarrollo de la energía eólica frenado en Francia: ¿un futuro más cauto?

El desarrollo de la energía eólica frenado en Francia: ¿un futuro más cauto?

El pasado 8 de marzo, el Consejo de Estado francés anuló el protocolo de evaluación de los ruidos molestos generados por los aerogeneradores, en una decisión que ha sido aplaudida por las asociaciones ecologistas y que abre un debate sobre el futuro de la energía eólica en el país.

La decisión se basa en la falta de una normativa específica para la evaluación del impacto acústico de los parques eólicos, lo que, según el Consejo de Estado, podría tener un impacto negativo en la salud de los habitantes y el medio ambiente.

En el caso del parque eólico Artzentales-Sopuerta, ubicado en Enkarterri, Bizkaia, la anulación del protocolo francés cobra especial relevancia. Este parque contempla la instalación de aerogeneradores a menos de 2 kilómetros de al menos 20 núcleos de población, lo que ha generado preocupación entre los residentes locales.

Distancia a los núcleos de población: un tema en debate

Actualmente, la distancia de los aerogeneradores a los núcleos de población no está regulada en el Estado español, salvo en algunas comunidades autónomas como Galicia (5 veces la altura del aerogenerador) o el País Vasco (45 dBA de ruido máximo). Sin embargo, la decisión del Consejo de Estado francés pone de relieve la necesidad de establecer un criterio general más restrictivo.

En Alemania, por ejemplo, la legislación exige una distancia mínima de diez veces la altura del aerogenerador a los núcleos de población. En el caso de los aerogeneradores propuestos en Artzentales-Sopuerta, esto se traduciría en una distancia superior a los 2.000 metros.

Impacto en la política energética francesa

La decisión del Consejo de Estado francés es un hito importante, ya que este organismo es el encargado de asesorar al gobierno en la preparación de leyes y decretos. Es posible que esta decisión tenga un impacto en la dirección futura de la política energética en Francia, impulsando un enfoque más cauto hacia el desarrollo de la energía eólica.

¿Hacia un futuro más sostenible?

La anulación del protocolo francés abre un debate sobre la necesidad de encontrar un equilibrio entre el desarrollo de las energías renovables y la protección del medio ambiente y la salud de las personas.

Es necesario establecer una normativa clara y específica para la evaluación del impacto acústico de los parques eólicos, que considere tanto la salud de los habitantes como la protección de la fauna y la calidad acústica del entorno.

La búsqueda de un futuro energético más sostenible pasa por encontrar soluciones que minimicen el impacto ambiental y social de las energías renovables, sin renunciar a su potencial para combatir el cambio climático.

Urkullu respalda la energía eólica marina en Lemoiz sin tener en cuenta los impactos medioambientales, sociales y económicos

Urkullu respalda la energía eólica marina en Lemoiz sin tener en cuenta los impactos medioambientales, sociales y económicos


El lehendakari, Iñigo Urkullu, ha apoyado la puesta en marcha de un proyecto experimental de energía eólica marina en Lemoiz, Bizkaia. El proyecto, consiste en la
instalación de una turbina eólica flotante a 3,7 kilómetros de la costa, a la altura del municipio de Armintza.


Urkullu ha calificado el proyecto de «hito» en la transición energética del País Vasco. Sin embargo, las declaraciones del lehendakari no han mencionado los impactos
medioambientales, sociales y económicos del mismo, en un territorio con una alta tasa de densidad de población. Este hecho es un aviso de lo que pretenden y una amenaza al mundo rural y pesquero.


Entre los principales impactos medioambientales se encuentran la contaminación acústica, la alteración de la fauna marina y la afectación a los ecosistemas costeros. En cuanto a los impactos sociales, se ha destacado el riesgo de pérdida de empleo en el sector pesquero y la posible degradación del paisaje. Por último, se ha señalado que el proyecto podría tener un impacto negativo en la economía local, ya que requeriría la importación de materiales y tecnología.

Es el momento de exigir respeto a nuestras costas y recursos agrarios y acogernos al estricto cumplimiento de las normativas territoriales señaladas en las Directrices de Ordenación Territorial (DOT), los 15 planes territoriales parciales y los Planes Territoriales Sectoriales (agroforestal y del litoral), así como la defensa de nuestros
pueblos rurales.


El gobierno tiene la responsabilidad de definir el equilibrio entre la soberanía energética y la alimentaria y propiciar la defensa del suelo rural para su uso agrario y la defensa de los caseríos frente a los promotores eléctricos privados.