Cuál l es la situación actual del Proyecto Artzentales-Sopuerta
En octubre de 2023, la Delegación de Industria de Bizkaia presentó el proyecto definitivo del Parque Eólico Artzentales-Sopuerta, promovido por la empresa Euskal Haizie. Este incluye el Estudio de Impacto Ambiental y el trazado definitivo de la Línea de Evacuación. Actualmente, el proyecto sigue su proceso administrativo, a la espera de que el órgano ambiental de la Consejería de Industria del Gobierno Vasco se pronuncie. Desde octubre de 2023, no ha habido movimientos públicos ni por parte del Gobierno ni de la empresa promotora. No obstante, el proceso administrativo sigue su curso. Es importante destacar que la tramitación del parque eólico Artzentales-Sopuerta es independiente de la aprobación del Plan Territorial Sectorial, por lo que avanza sin depender de este. En caso de obtener una declaración de impacto ambiental favorable, sería imprescindible elaborar un Plan Especial para permitir la construcción del parque, ya que, sin este, la normativa urbanística no lo autoriza.
2. ¿Qué ha dicho la Diputación Foral de Bizkaia?
El informe preceptivo de la Diputación de Bizkaia, fechado el 15 de diciembre de 2023, señala que el emplazamiento del proyecto del parque eólico no está recogido en el PTS vigente (el de 2002) como el más adecuado para su implantación en el territorio. Por ello, indica que, en caso de llevarse adelante el proyecto, sería necesario un planeamiento de desarrollo específico. Asimismo, establece que su autorización requiere la redacción y aprobación de un Plan Especial que lo haga viable. Además, la Diputación Foral de Bizkaia considera inviable la construcción del parque eólico Artzentales-Sopuerta, ya que los aerogeneradores previstos se ubican a menos de 10 km de áreas críticas para el alimoche, lo que supondría una grave afección para la especie. También advierte que los valores ambientales que se verían afectados por la construcción del parque y su línea de evacuación dificultan la compatibilidad del proyecto con el mantenimiento de la calidad ambiental y paisajística de la zona.
Del informe preceptivo de la DFB AO 372-2023. Además, la ley que protege a las aves necrófagas tiene rango europeo. Plan Conjunto de Gestión de las Aves Necrófagas de Interés Comunitario de la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado mediante decreto foral en 2015. Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de aves silvestres, que deroga la Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979. Esta establece que los Estados miembros deben adoptar las medidas necesarias para el mantenimiento de las poblaciones de aves, así como para preservar, mantener o restablecer una diversidad y una superficie suficiente de hábitats para estas especies. 3.- Situación del PTS (Plan Territorial Sectorial de Energías Renovables) El dato más reciente a tener en cuenta es la Orden de aprobación del PTS provisional publicada el 20 de noviembre firmada por el consejero de industria, transición energética y sostenibilidad (sic) El 27 de abril de 2023 se aprobó inicialmente el PTS de EERR de Euskadi acompañado del estudio de impacto ambiental estratégico. Se abrió un periodo de 45 días de información pública, consultas y alegaciones. Como resultado recibieron 4.387 escritos de alegaciones, observaciones y sugerencias. Dicen que todas han sido analizadas y contestadas y las que se han incorporado se publican a modo de anexo a la citada orden.
A partir de este momento el PTS tiene que superar dos trámites:
La Comisión de Ordenación del Territorio, organismo de Ordenación Territorial tiene que dar su aprobación provisional en un plazo de tres meses.
El órgano ambiental (dependiente de la misma consejería de Industria) tiene que dar en 2 meses la declaración ambiental estratégica. En el caso de que esta fuera negativa el mismo órgano haría las correcciones necesarias. Una vez cumplidos estos dos requisitos el Gobierno Vasco aprobaría definitivamente el PTS de Energías Renovables de Euskadi.
4.- ¿Qué se puede hacer respecto al Plan Territorial Sectorial? El PTS, Plan Territorial Sectorial, en su actual situación NO SE PUEDE RECURRIR. Sólo cuando esté aprobado definitivamente cabe realizar el Recurso Administrativo o recurso de alzada. En estos momentos EH Bizirik, organismo que agrupa a las asociaciones y organismos que se oponen a los diferentes proyectos eólicos y fotovoltaicos en Araba, Gipuzkoa y Bizkaia, está en proceso de recoger las alegaciones particulares para remitirlas al Gabinete Jurídico que se encargará de realizar el mencionado recurso. Existen lagunas y contradicciones legales en las que apoyarse. Por ejemplo:
El Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad plantea la prevalencia del PTS sobre otras normas de Ordenación del Territorio
Sin embargo, esta prevalencia deberá ser establecida en una norma en la ley de Ordenación del Territorio del País Vasco donde se regule su superioridad ya que en estos momentos prevalecen las DOT (Directrices Ordenación del Territorio), sobre los PTP y estos sobre los PTS (planes sectoriales)
Habrá que esperar lo que diga la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco. Esta Comisión es garante del cumplimiento de las normas y de interpretar la normativa de ordenación del territorio.
Esta comisión deberá decir si el PTS de EERR debe prevalecer sobre los planes parciales territoriales (PTP)
Si al fin se plantea la prevalencia del PTS sobre las demás normas de ordenación del territorio habría que plantear un recurso de reposición. Y si no la acepta tendríamos que ir al contencioso Administrativo.
Existe otra vía de reclamación posible: las leyes de protección de las aves necrófagas (caso Oñati). Las normas de protección ambiental son competencia del Estado. 5.- El caso reciente de la aprobación del Plan Especial de Labraza (Alava) · La villa de Labraza se integró en el municipio de Oion en 1981, por cuestiones de conveniencia administrativa. . La instalación eólica necesitaba un Plan Especial que la Diputación Foral de Alava había elaborado a instancias de su promotor Aixeindar (pantalla de Iberdrola). · Este proyecto junto con el de Azazeta están judicializados y el alcalde de Oion había formado parte del movimiento de oposición y participado en las reuniones de Araba Bizirik y se puede decir que fué elegido por ese motivo.
· La luz verde al Plan Especial se dio en el pleno de Oion del 12 de febrero. La argumentación del voto a favor de Bildu y su alcalde se basaron en la amenaza de incurrir en delito de prevaricación. Cuestión que es difícil de fundamentar y que en todo caso deberían ser los tribunales los que tendrían que pronunciarse sobre si el voto negativo al Plan Especial era prevaricación. Existe jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en relación con un Plan Especial similar en Vegadeo: Fecha: 29/11/2023 No de Recurso: 813/2022 No de Resolución: 1182/2023 El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) respaldó la decisión del Ayuntamiento de Vegadeo, considerando que:
La denegación del Plan Especial fue un uso razonable y no arbitrario de la potestad de planeamiento municipal. No hubo indicios de arbitrariedad en la actuación administrativa, sino una decisión motivada y fundamentada en informes técnicos.
Se reconoció la competencia municipal para decidir sobre la implantación de parques eólicos en su territorio.
CONCLUSIONES
1️Estado del proyecto: El parque eólico Artzentales-Sopuerta sigue en proceso administrativo, a la espera de que el órgano ambiental de la Consejería de Industria emita su declaración de impacto ambiental, que podrá ser favorable, desfavorable o condicionada. 2️nformes institucionales negativos: Existen informes desfavorables de organismos institucionales sobre este y proyectos similares, como los emitidos por la Diputación Foral de Bizkaia y el órgano ambiental del Gobierno de España respecto a los proyectos Maya y Aramaio, ambos rechazados por razones ambientales y de conservación. 3️Situación del PTS de Energías Renovables: Ha sido aprobado provisionalmente, pero aún debe recibir el visto bueno de la Comisión de Ordenación del Territorio y del órgano ambiental, dependiente de la misma Consejería de Industria. El plazo para esta resolución es de tres meses. Cabe destacar que el PTS no puede recurrirse hasta que sea definitivo. 4️Cuestiones legales en juego: Tanto la aprobación del PTS como la de los diferentes proyectos plantea interrogantes legales sobre las leyes de ordenación del territorio y la
calificación del suelo. Actualmente, estas cuestiones están siendo estudiadas para posibles recursos. La situación es compleja, ya que entran en juego normativas como las DOTs, el PTS Agroforestal, el PTS Eólico, los Planes Territoriales y los planes generales de ordenación urbanística municipal, evidenciando una notable descoordinación entre ellas. 5️Vía de acción municipal: Los ayuntamientos aún pueden intervenir mediante los permisos de obras y de actividad. En cada caso, debe analizarse qué normativa se incumple. En Sopuerta, por ejemplo, el incumplimiento de la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la conservación de aves necrófagas, podría ser un argumento clave. 6️El papel clave de los ayuntamientos en los Planes Especiales: Si la construcción de un parque requiere un Plan Especial, la aprobación final recae en los ayuntamientos. Además, estos siempre tienen la opción de interponer un recurso contencioso-administrativo contra una resolución favorable al proyecto o contra la aprobación de un Plan Especial por parte de la Administración Foral.
El documental «Renovables sí, pero no así: Enkarterri se juega su futuro», producido por Enkarterri Bizirik Elkartea con el apoyo del Ayuntamiento de Sopuerta, ha sido seleccionado para formar parte del Festival Internacional de Cine Invisible “Film Sozialak” de Bilbao. Esta producción será proyectada dentro de la categoría de Sostenibilidad, en la que se presentan trabajos que exploran los retos ambientales y sociales actuales.
El documental, de 10 minutos de duración y en versión original en castellano, se proyectará el domingo 13 de octubre a las 19:00 horas en los cines Golem de Bilbao. «Renovables sí, pero no así: Salvemos Enkarterri» reflexiona sobre el impacto de los desarrollos de energías renovables en la comarca de Enkarterri, Euskadi. Plantea un debate sobre la necesidad de energías limpias, pero sin comprometer el entorno natural ni el bienestar de las comunidades locales.
El Festival de Cine Invisible, que se celebra en Bilbao desde 2009, se ha convertido en un referente internacional por su enfoque en el cine socialmente comprometido. A través de documentales, ficción y animación, promueve diálogos que buscan crear conciencia y construir ciudadanías más éticas y responsables. La proyección de «Renovables sí, pero no así: Enkarterri se juega su futuro» promete ser un punto clave en el debate sobre sostenibilidad en esta edición del festival.
Te invitamos a asistir y ser parte del cambio. ¡Ven y apoya la defensa de Enkarterri!
Alén, una montaña herida es un título que evoca de inmediato la fragilidad y la belleza de este enclave natural vasco, situado en Sopuerta, Bizkaia. El reconocido fotógrafo Santiago Yaniz, conocedor del paisaje de Euskal Herria y sus secretos, nos embarca en un viaje a través del tiempo en su artículo publicado en el suplemento GPS de El Correo, el pasado 10 de mayo de 2024.
Yaniz nos invita a descubrir el valor de esta montaña, un paisaje moldeado por el paso de los siglos y testigo de la historia vasca. A través de su mirada y de una profunda investigación, el autor nos remonta a los asentamientos humanos del Neolítico, la Edad del Bronce y la Edad Media, pasando por las Guerras Carlistas y la importancia que Alen tuvo para el desarrollo de la industria minera e industrial del siglo XX.
Sin embargo, el relato no termina ahí. Yaniz nos presenta la amenaza que se cierne sobre Alén en la actualidad: el proyecto del parque eólico Artzentales- Sopuerta con 8 aerogeneradores gigantescos, cuyos rotores tendrán 170m de diámetro y moverán más de 22.000 metros cuadrados de aire para lograr electricidad.
Compartimos este artículo por su gran interés, no solo por el valor histórico y paisajístico de Alén, sino también por la reflexión que Yañiz hace sobre la amenaza que pende sobre este tesoro natural, paisajistico y patrimonial. Es una llamada a la cordura para proteger este patrimonio único y garantizar su futuro para las generaciones venideras.
El reconocido biólogo e investigador Fernando Valladares participará en una charla titulada «El negocio de la energía» en Sopuerta, el próximo 23 de mayo. La iniciativa está impulsada por Enkarterri Bizirik Elkartea. Con una trayectoria destacada y un enfoque muy comprometido, Valladares abordará la actual crisis climática y energética, en la que destacará los desafíos inherentes a la transición hacia fuentes de energía sostenibles y la necesidad de una transformación social para afrontar los retos ambientales del siglo XXI.
La importancia de esta charla trasciende lo global, ya que también se analizarán los desafíos locales, entre ellos la posible instalación de 26 aerogeneradores gigantes en los montes públicos de Enkarterri, un tema de gran relevancia para la comunidad. En un momento histórico crucial, en el que la reflexión sobre nuestro modelo de sociedad se vuelve imperativa para garantizar nuestra supervivencia, Valladares sostiene que cuestionar el paradigma actual de civilización es esencial.
Considera que la presente crisis ecosocial representa una oportunidad única para cambiar el curso del planeta y que la humanidad tiene la última palabra al respecto.
Sobre Fernando Valladares.
Es importante resaltar su destacada trayectoria como biólogo, investigador del CSIC y profesor en la Universidad Rey Juan Carlos. Reconocido por su compromiso y sus contribuciones a la comprensión de la biodiversidad y los efectos del cambio climático, ha recibido prestigiosos premios como el Premio Jaume I o el reciente Premio de Medio Ambiente 2024. Además, es autor de numerosas obras y su labor divulgativa se puede consultar en: www.lasaluddelahumanidad.com.
La conferencia de Fernando Valladares se llevará a cabo a las 19:00 horas en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de Sopuerta. La entrada es libre y se invita a todos los vecinos y vecinas a participar en este diálogo fundamental sobre el futuro de la energía. No pierdas la oportunidad de informarte sobre uno de los temas más relevantes de nuestro tiempo.
El proyecto del parque eólico Artzentales-Sopuerta, impulsado por la empresa Euskal Haizie y ubicado en Enkarterri, País Vasco, se enfrenta a una serie de graves irregularidades que ponen en entredicho su viabilidad. Un análisis exhaustivo de la normativa vigente revela que el proyecto incumple diversos aspectos legales en materia de urbanismo, medio ambiente y patrimonio cultural.
Planificación territorial y urbanística La implantación del parque eólico en Sopuerta, y en el resto de municipios afectados por dicha infraestructura, supone una infracción urbanística, ya que contradice las normas subsidiarias de planeamiento municipales. El proyecto carece de soporte territorial y urbanístico, lo que requiere un planeamiento de desarrollo especial en suelo no urbanizable.
Medio ambiente: – La mayor parte de las instalaciones se ubican en Montes de Utilidad Pública, sin el informe vinculante preceptivo de la administración forestal. – El proyecto afecta a ocho Áreas de Especial Interés Paisajístico, incumpliendo los objetivos de calidad paisajística y las determinaciones del Plan Territorial Parcial. – La construcción del parque eólico supondría un deterioro claro, cuando no la desaparición de lugares de reproducción de las poblaciones de alimoche, una especie protegida. – El proyecto contraviene el Plan Conjunto de Gestión de Aves Necrófagas, poniendo en riesgo el estado de conservación del alimoche. – La ubicación de aerogeneradores en zonas de protección para la avifauna genera un riesgo de colisión y electrocución para las aves.
Patrimonio cultural:
El proyecto afecta a 50 yacimientos arqueológicos, 53 elementos arquitectónicos y 12 bienes culturales existentes, algunos de ellos con categoría de Conjunto Monumental. La ley de patrimonio cultural prohíbe la instalación de elementos que originen contaminación visual o acústica sobre los bienes culturales, lo que el proyecto incumple claramente.
Otras consideraciones a tener en cuenta:
El proyecto no cumple con las condiciones de protección del medio ambiente exigidas por la Ley del Sector Eléctrico. La instalación del parque eólico afectaría gravemente a los recursos turísticos y recreativos de la zona, contradiciendo las directrices del Plan Estratégico Comarcal de Enkarterri 2030. En definitiva, el proyecto del parque eólico Artzentales-Sopuerta se presenta como una iniciativa inviable que incumple la normativa vigente en diversos aspectos. Las autoridades competentes deben reconsiderar seriamente la aprobación de este proyecto, priorizando la protección del medio ambiente, el patrimonio cultural y el bienestar de las comunidades locales como Enkarterri.
La Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV) se encuentra en una encrucijada en materia de energía eólica. Mientras se espera la aprobación definitiva del Plan Territorial Sectorial (PTS) de Energías Renovables, que debería servir como guía para la instalación de parques eólicos en la región, ya se han solicitado más de diez autorizaciones administrativas previas para tales proyectos.
Esta situación genera preocupación por la posibilidad de que se aprueben parques eólicos que no estén alineados con las directrices del PTS, una vez este sea aprobado. La lógica jurídica dicta que las autorizaciones administrativas previas y los estudios de impacto ambiental deben quedar en suspenso hasta la aprobación final del PTS.
El caso del parque eólico Artzentales-Sopuerta ejemplifica esta discrepancia. La tramitación administrativa de este proyecto sigue adelante a pesar de la falta de aprobación del PTS, lo que plantea interrogantes sobre la coherencia y la legalidad de su desarrollo.
El inicio de la elaboración del Plan Sectorial de Energías Renovables, en 2019, se consideró un paso crucial para la planificación ordenada de estas fuentes energéticas en Euskadi. El plan buscaba identificar zonas aptas para la construcción, en especial de parques eólicos e instalaciones fotovoltaicas, teniendo en cuenta la preservación del patrimonio natural, paisajístico y cultural de la región.
Sin embargo, el proceso de aprobación del PTS se ha visto dilatado, dejando un vacío en la regulación de la energía eólica en la CAPV. Esta situación ha permitido que se presenten solicitudes de autorización para parques eólicos sin la certeza de que estos proyectos sean compatibles con las directrices que finalmente se establezcan en el PTS.
Es necesario un esfuerzo conjunto por parte de las autoridades competentes, los promotores energéticos y la sociedad en su conjunto para garantizar una planificación energética coherente, sostenible y respetuosa con el medio ambiente y el territorio. La aprobación definitiva del PTS de Energías Renovables es un paso fundamental para lograr este objetivo.
Esta noticia es importante porque:
Más de diez solicitudes de autorización administrativa previa para parques eólicos en Euskadi.
Siete solicitudes en fase de autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental.
Dos declaraciones de impacto ambiental favorables para emplazamientos específicos.
El PTS de Energías Renovables aún no ha recibido la aprobación definitiva.
Existe un riesgo de aprobar proyectos eólicos incongruentes con el PTS.
El caso del parque eólico Artzentales-Sopuerta genera preocupación ya que la empresa Euskal Haizie S.L. continua adelante con el proyecto aunque cuenta con seis informes desfavorables
Se necesita un esfuerzo conjunto para garantizar una planificación energética coherente y sostenible.